Propiedad
Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura "FIRA", son cuatro fideicomisos públicos de fomento que tienen el carácter de entidades de la Administración Pública Federal, en los que funge como fideicomitente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y como fiduciario el Banco de México.
Los fideicomisos que integran FIRA son:
- Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO).
- Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA).
- Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA); y
- Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA).
Estos fideicomisos se sitúan dentro de los fondos y fideicomisos de fomento económico del Sistema Financiero Mexicano.
Consulta a quienes integran los comités en www.fira.gob.mx/Nd/igualdad.jsp.
Contabilidad
Los cuatro fideicomisos que integran el sistema FIRA están constituidos legalmente de manera independiente y no consolidan sus estados financieros. Funcionan bajo una misma administración, sin embargo, ninguno de ellos ejerce control sobre los otros. Realizan su contabilidad, preparan sus estados financieros y sus notas, y generan información financiera en apego a las Disposiciones de carácter general aplicables a los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento (CUOEF) emitidas por CNBV, las cuales contienen lineamientos prudenciales similares a la Circular Única de Bancos (CUB). De acuerdo con la CUOEF aplican los lineamientos contables de las Normas de Información Financiera (NIF) emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), excepto cuando a juicio de la CNBV sea necesario aplicar una normatividad o un criterio de contabilidad específico.
Asimismo, cada uno de los fideicomisos son entidades paraestatales de control presupuestario indirecto bajo la coordinación de la Unidad de Banca de Desarrollo de la SHCP, formulan anualmente su programa operativo y financiero, su presupuesto de gastos e inversiones, que se aprueban por los Comités Técnicos respectivos y por la Cámara de Diputados como parte del Presupuesto de Egresos de la Federación. La SHCP autoriza los límites de intermediación financiera, financiamiento neto y endeudamiento neto que podrán contratar los fideicomisos que constituyen FIRA. Cabe destacar que, a lo largo de su existencia, el Gobierno Federal no ha rescatado o intervenido en forma alguna para que los fideicomisos hagan frente a sus distintas obligaciones.
FIRA está sujeto a la supervisión de la CNBV, de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y de la Secretaría de la Función Pública (SFP).
Auditores Externos
De conformidad con el artículo 37, fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal es facultad de la Secretaría de la Función Pública designar a los auditores externos de las Entidades de la Administración Pública Federal, así como normar y controlar su desempeño.
La Secretaría de la Función Pública puede designar a una firma de auditores externos para que dictamine hasta por cuatro ejercicios fiscales consecutivos, tomando en cuenta, entre otros elementos, la evaluación satisfactoria del desempeño de dicha firma.
Los estados financieros de los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2021 fueron dictaminados por Salles, Sainz - Grant Thornton, S.C. auditores independientes, en 2022 RSM México Bogarín, S.C y en el 2023 por De la Faz, Costemalle - DFK, S. C. En la realización de sus trabajos relacionados con las auditorías antes mencionadas, los auditores externos no han emitido opinión con salvedad u opinión negativa ni se han abstenido de emitir opinión respecto de los estados financieros de los fideicomisos FIRA.
Auditoría Interna en FIRA
En cumplimiento a lo establecido en las Disposiciones de Carácter General Aplicables a los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento Disposiciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como en mejores prácticas en esta materia, funciones de la Dirección de Auditoría Interna de FIRA dependen del Comité de Auditoría y son ejercidas por un área independiente a las unidades de negocio.
Su objetivo es coordinar y supervisar la evaluación de la eficiencia del Sistema de Control Interno en FIRA , así como contribuir al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales; aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficiencia de los procesos de Dirección y Control, de Negocio y de Soporte de FIRA y de la cual dependerán dos subdirecciones, la Subdirección de Auditoría de Crédito y la Subdirección de Auditoría Financiera.
Las características del área de Auditoría Interna en FIRA son
-
Independiente
De áreas de negocio y en las líneas de reporte -
Imparcial
Objetividad en su actuación y recomendaciones -
Evaluadora
Revisión sistemática del Funcionamiento del Sistema de Control Interno Institucional -
Generadora de Valor
Garantizar eficiencia y eficacia en las operaciones y procedimientos
Bajo estas características, la Auditoría Interna:
El área de auditoría interna está integrada por empleados de la institución que conocen los procesos, procedimientos, valores, cultura, etc.
El área de auditoría interna no busca señalar errores, sino proponer mejoras de impacto y valor para la Entidad.
Para estructurar e identificar el área de Auditoría Interna en FIRA, se utilizó como referencia el "Modelo de Tres líneas de Defensa" (M3LD) (Instituto Internacional de Auditores Internos):
El modelo parte del hecho que todos en la institución tienen responsabilidad en el control interno y establece que se necesitan tres grupos separados (tres líneas de defensa) para gestionar eficazmente el riesgo y el control.
- Primera Línea de defensa: Áreas de negocio. Dueños de los procesos, son quienes administran directamente los riesgos y definen el diseño y ejecución de controles.
- Segunda Línea de defensa: Contraloría Interna y Administración Integral de Riesgos. Supervisores de que los controles se ejecuten en apego a lo establecido y de que se cumplan los objetivos institucionales
- Tercera Línea de defensa: Auditor Interno. Área independiente que revisa y verifica la eficiencia y efectividad de los controles internos.
Marco Normativo aplicable
Lineamientos de la Auditoría Interna
Definen el propósito, autoridad y responsabilidad de la función de la Auditoría Interna en FIRA y serán de aplicación obligatoria para todo el personal adscrito a la Dirección de Auditoría Interna.
-
Misión y Visión
Razón de ser de la función de Auditoría Interna en FIRA -
Independencia
Elementos para garantizar la independencia del área -
Atribuciones
Facultades que tiene el área de Auditoría Interna en FIRA -
Objetivo, funciones y actividades
Obligaciones del área de Auditoría Interna -
Alcance
Productos y servicios que ofrece el área de Auditoría Interna -
Instrumentación
Criterios a observar en la ejecución de la función de Auditoría Interna -
Ética y Valores
Principios y reglas de conducta que debe cumplir el personal adscrito al área de Auditoría Interna
El Programa Anual de trabajo de Auditoría Interna está integrado, al menos, por 4 elementos:
- Auditorías Regulatorias
- Auditorías Prioritarias
- Revisiones periódicas de información financiera
- Revisiones Seguimiento
Metodología de priorización
El área de Auditoría Interna en FIRA, elaboró una metodología de priorización de auditorías de acuerdo a:
-
En cumplimiento a lo establecido el Art.29 de Disposiciones de Carácter
General Aplicables a los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento
(Disposiciones) en el que se menciona que el Área de Auditoría Interna debe
"Implementar un esquema de clasificación que defina las prioridades a ser revisadas y, en consecuencia, la periodicidad con que las diferentes áreas, funcionarios y funciones de la Actividad Crediticia serán auditados para mantener un adecuado control sobre ella" -
En observancia a las Normas de Desempeño de las Normas Internacionales
para el ejercicio profesional de la Auditoría Interna (Instituto
Internacional de Auditores Internos), en particular la Norma 2010 la cual
establece que:
"El director ejecutivo de auditoría debe establecer un plan basado en los riesgos, a fin de determinar las prioridades de la actividad de auditoría interna. Dichos planes deberán ser consistentes con las metas de la organización."
- Clasificación de Procedimientos
Se caracterizan procedimientos vigentes - Criterios de evaluación
Se definen criterios y valores específicos para hacer la priorización -
Fórmula ponderada
Se define la formula para estimar el Índice de Prioridad de Auditoría Interna (IPAI) - Obtención del IPAI
Se utiliza la Matriz de Priorización para obtener el IPAI - Definición de prioridades
Se ordenan los procedimientos conforme al IPAI obtenido
Utiliza un enfoque de factores ponderados, para el cual se determinaron criterios a evaluar derivado de una revisión de experiencias de organismos internacionales de auditoria interna y de cumplimiento a lo establecido en las Disposiciones
Evaluación de Procedimientos
Se definen cinco criterios para evaluar en los procedimientos:
Programa Anual de Auditoría Interna 2024
Auditorías Regulatorias 2024
No. | Nombre | Fundamento Normativo | Objetivo | |
---|---|---|---|---|
1 | Administración en materia de Riesgo Legal. | Disposiciones (CNBV) | Art. 79 inciso c) numeral 5 | Verificar que las acciones jurídicas de la Entidad se estén realizando en apego a la normativa y procedimientos institucionales. |
2 | Administración Integral de Riesgos. | Art. 69 | Evaluar y verificar que la Administración Integral de Riesgos se realice en apego a la Disposiciones y normativa institucional. | |
3 | Sistemas de información de crédito. | Art. 166 fracc. III | Verificar que los sistemas informáticos (contables, operacionales de cartera crediticia, con valores o de cualquier otro tipo) cuenten con mecanismos para preservar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información, que eviten su alteración y cumplan con los objetivos para los cuales fueron implementados. |
Auditorías Prioritarias 2024
No. | Nombre Auditoría | Objetivo |
---|---|---|
1 | Supervisión de créditos y garantías pagadas. | Verificar que FIRA cumple con los lineamientos y actividades para llevar a cabo las funciones de seguimiento y supervisión de operaciones de fondeo, garantías (servicio y pago) y apoyos financieros apegados a la normativa y entidades regulatorias, así como verificar que se identifican propuestas de mejora a la normativa de los servicios de fondeo, garantía y apoyos financieros. |
2 | Supervisión de intermediarios financieros. |
Comprobar que los lineamientos y directrices operativas que se aplican para la supervisión de Intermediarios Financieros (IF) en operación directa:
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3 | Seguimiento y fortalecimiento de Intermediarios Financieros en operación directa. |
Cosntatar que FIRA da seguimiento e implementa acciones para fortalecer a los Intermediarios Financieros (IF) que participan en la distribución de sus recursos, a través de los puntos prioritarios, para inducir el desarrollo de instituciones privadas
en el sector, como:
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4 | Operación de convenios de colaboración. | Verificar que las actividades para la administración de los recursos de los Convenios de Colaboración que realiza FIRA para la operación de los apoyos y servicios provenientes de dichos Convenios fomenten e impulsen el otorgamiento de Apoyos y el desarrollo crediticio de beneficiarios en la realización de proyectos productivos. |
5 | Transferencia de Tecnología en Agronegocios. |
Constatar que los Centros de Desarrollo Tecnológico (CDTs), efectivamente realizan la transferencia de tecnología a los productores, a través de:
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Guía para Conflictos de Interés
La guía para la identificación y gestión de conflictos de interés es una herramienta de orientación y consulta que ayuda a las entidades de la función pública a identificar los conflictos de interés que por sí mismos no constituyen un hecho ilícito, sino una situación que hay que identificar con claridad para evitar la falta administrativa denominada actuación bajo conflicto de interés, por lo anterior, estas consultas son preventivas
Dichas consultas pueden presentarse a:
- Los Comités de Ética (cuentan con la atribución de recibir consultas por personas servidoras públicas, en materia de conflicto de interés), o a
- La Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de la Función Pública (a fin de que ésta emita una opinión respecto a la posible actuación bajo conflicto de interés a cargo de las personas servidoras públicas)
Las denuncias por actuación bajo conflicto de interés, son reactivas y buscan investigar conductas ya realizadas, y que son faltas administrativas.
Se presentan ante:
- Los Órganos Internos de Control (OIC), cuando se trate de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
- En el caso de empresas productivas del Estado, ante sus Unidades de Responsabilidades (UR)